Por Armando Maya Castro
La consolidación y
fortalecimiento de nuestra democracia, del Estado laico y de las libertades que
de él emanan, es la única manera de impedir el retorno del Estado confesional,
en cuya vigencia se excluyó, anatematizó
y persiguió a quienes impugnaban el dogma represivo y autoritario de la
Iglesia católica. Patricia Galeana afirma que en aquellos tiempos “el tribunal
de la Inquisición se encargó de perseguir cualquier idea heterodoxa”. Al
abundar en el tema, la destacada historiadora añade: “en la España de 1615, la
libertad de conciencia se entendía, como inaceptable permisividad frente al
mal”.
A través de las Leyes
de Reforma, expedidas entre 1859 y 1861, cuando el presidente Benito Juárez
estaba avecindado en el puerto de Veracruz, “se suprimió el Estado confesional
y se sentaron las bases de un Estado laico”, el legado más importante de la
reforma liberal, y el mejor garante de las libertades ciudadanas, incluidas las
de religión, de convicción, de pensamiento y de expresión.
Las leyes que nos
legaron los fundadores del Estado laico fueron desaprobadas desde un principio por
los jerarcas de la Iglesia mayoritaria. Han transcurrido más de 150 años y la
postura de los clérigos católicos sigue siendo de oposición y rechazo a la
laicidad del Estado mexicano, apreciada por algunos de ellos como una lacra
histórica “que no nos deja avanzar”. Calificativos como éstos, aparte de
desconocer las bondades del Estado laico, indican que la Iglesia católica suspira
por la restauración del Estado confesional y el cúmulo de privilegios que
durante la vigencia del mismo le fueron otorgados.
Antes de Juárez no
existía en nuestro país una cultura de respeto a la diversidad religiosa. La
Iglesia católica se proclamaba a sí misma como la poseedora única de la verdad,
concepto que motivó su rechazo a la existencia de otros grupos religiosos. Los
errores –afirmaba la Iglesia católica en aquel tiempo– no tienen derechos. Bajo
dicho principio, el romanismo negó la libertad de creencias, promoviendo la
intolerancia religiosa, causante de innumerables persecuciones en agravio de
las comunidades religiosas no católicas que empezaban a establecerse en México.
¿Ha cambiado la
mentalidad católica en el tiempo actual? Las recientes declaraciones del papa
Francisco, recogidas por la agencia noticiosa EFE, y reproducidas por medios de
todo el mundo, el pasado 12 de abril, indican que la Iglesia católica sigue
pensando del mismo modo. Al referirse a la constitución dogmática “Dei Verbum”,
el papa Francisco señaló que todo lo que concierne al modo de interpretar las
Escrituras está sometido en última instancia al juicio de la Iglesia, “a la que
compete el mandato divino y el ministerio de conservar e interpretar la Palabra
de Dios”. Esta expresión, con su brutal carga de intolerancia medieval, suprime
la igualdad jurídica de las iglesias y sostiene que la católica es la única iglesia
capacitada para entender e interpretar el contenido bíblico en su pleno y
definitivo significado.
Para salvaguardar los
avances en materia de derechos humanos tenemos que admitir que la lucha contra
la intolerancia religiosa seguirá en pie mientras existan personas y/o grupos
interesados en colocar al catolicismo por encima de las demás religiones. Estos
clérigos saben perfectamente bien que el entorno ideal para el estatus de
privilegios que anhela la Iglesia católica es el Estado confesional, cuyo
retorno han procurado mediante el impulso de cambios a la Constitución General
de la República.
El Estado laico
brinda a todas las iglesias el debido reconocimiento y les otorga igualdad ante
la ley, obligando a las autoridades de gobierno a mantener una postura de
imparcialidad hacia las distintas convicciones religiosas y modos de pensar. En
un México lacerado por la violencia, lo anterior es fundamental para la
preservación de la paz social.
Concluyo mi colaboración de este día
recordando que, según nuestra Carta Magna, todas las iglesias
deben recibir un trato igualitario. En ese trato no debe influir el número de
fieles, la antigüedad del grupo religioso, ni el número de templos con que éste
cuenta. El artículo 3° de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público
(LARCP) establece: “El Estado no podrá
establecer ningún tipo de preferencia o privilegio a favor de religión alguna”.
Esto, estimado lector, es lo importante de un Estado laico, en el que sus
gobernantes están obligados a conducirse sin inclinaciones ni compromisos hacia
una iglesia en particular. Sólo un Estado independiente de cualquier tipo de
influencia religiosa puede dar un trato idéntico a todas las iglesias, garantizando
a todas ellas el principio fundamental de libertad religiosa.
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