martes, 27 de junio de 2017

LA LUCHA CONTRA LA TORTURA

Por Armando Maya Castro
La aplicación de electroshocks, uno de los métodos de tortura que actualmente es utilizado por diversas corporaciones policiacas, y hasta por la CIA (Foto: ABC) 

Este 26 de junio se cumplieron 30 años de la entrada en vigor de la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes. El artículo 1º de este importante documento define la tortura de la siguiente manera: 

“…todo acto por el cual se inflija intencionadamente a una persona dolores o sufrimientos graves, ya sean físicos o mentales, con el fin de obtener de ella o de un tercero información o una confesión, de castigarla por un acto que haya cometido, o se sospeche que ha cometido, o de intimidar o coaccionar a esa persona o a otras, o por cualquier razón basada en cualquier tipo de discriminación, cuando dichos dolores o sufrimientos sean infligidos por un funcionario público u otra persona en el ejercicio de funciones públicas, a instigación suya, o con su consentimiento o aquiescencia. No se considerarán torturas los dolores o sufrimientos que sean consecuencia únicamente de sanciones legítimas, o que sean inherentes o incidentales a éstas”.

La tortura que, según Amnistía Internacional (2014), se emplea en nuestro tiempo para "obtener confesiones o incriminar a otras personas", así como para “castigar, obtener dinero mediante extorsión, controlar, intimidad y humillar", es un mal que data de la más remota antigüedad. 
Estuvo presente en el sistema legal de Grecia y de Roma, donde “fue ejercida ampliamente contra los esclavos como forma diaria de obligarlos a obedecer y a temer a sus dueños”, refiere Pareja (2013).

En el Imperio Romano, señala Figueroa (2012), “la tortura estaba institucionalizada y las declaraciones de los esclavos obtenidas bajo tortura eran aceptadas judicialmente en el tribunal”. Al referirse a los castigos de ese periodo histórico, el autor antes mencionado apunta: "En materia de castigos existía la pena de muerte; la hoguera; la lapidación; la crucifixión; la furca; el devoramiento por animales; y las multas”.

Aristóteles consideraba la tortura en La Retórica “dentro de las 5 pruebas extrínsecas utilizables en los procesos legales: las leyes, la costumbre, los testigos, la tortura y los juramentos”, expone Alfredo Jadresic Vargas, quien trae a la memoria lo que Edward Peters escribía sobre el flagelo que nos ocupa: "...la cuestión del sadismo entre los torturadores es compleja. La institución de la tortura crea tantos sádicos como los que atrae."

Morris (1996) refiere que en la Edad Media "la tortura fue realmente legal. Era un medio autorizado para obtener confesiones en tiempos en que las confesiones, de súbito, cobraron importancia crucial". En más sobre la tortura que imperó en el medievo, Pareja (2013) afirma que este bárbaro y monstruoso mal “era parte del ritual común y corriente utilizado por la inquisición para obtener la 'confesión del hereje'. La Bula papal "Ad extirpanda" de Inocencio IV, expedida en 1252, justificó el uso de la tortura por parte de la Inquisición", contradiciendo los métodos de amor con que Cristo y sus apóstoles predicaron el Evangelio en el siglo I de nuestra era. 

“A partir del siglo XVIII la tortura comienza a perder su carácter legal, judicial y público y empiezan los procesos que tratarán de derogarla, al menos, en teoría”, nos dice Barros (2014), quien en seguida hace públicos los logros de los países que trabajaron decididamente en la erradicación de este penoso mal: “…fue prohibida en Austria (1776), en Suecia (1734), en Toscana (1786), en Francia (1789), en Hungría (1776), en Prusia (1754). Al inicio del siglo XIX había sido eliminada del procedimiento legal en prácticamente toda Europa Occidental".

A pesar de esos avances, y de las leyes que han sido creadas para abatir la tortura, los casos en la materia son una práctica cotidiana en nuestro país. La cifras que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) diera a conocer en el marco del Día Internacional de las Naciones Unidas en Apoyo de las Víctimas de la Tortura, conmemorado este lunes 26 de junio, dejan constancia de la gravedad del problema: En México, "del 2000 a mayo de 2017 el organismo ha recibido 417 quejas por tortura y ha emitido 100 recomendaciones, una de ellas por un caso de violaciones graves a derechos humanos; en 17 casos hubo desistimiento y en 47 se acumularon" (El Universal, 26 de junio de 2017).

Por la cantidad y gravedad de los casos de tortura en México, la CNDH pidió ayer “intensificar las acciones de prevención generando garantías de no repetición frente a estas lesivas violaciones a los derechos humanos”. El organismo encargado de la protección y defensa de los derechos humanos en México aprovechó el Día Internacional de las Naciones Unidas en Apoyo de las Víctimas de la Tortura para instar a las autoridades a “combatir la impunidad, sancionar a aquellos que conciben o autorizan cualquier forma de tortura o trato cruel, inhumano o degradante enfatizando que esta práctica es inaceptable” (Proceso, 26 de junio de 2017). 

Los mexicanos esperamos que el llamado de la CNDH, así como la publicación, este lunes, en el Diario Oficial de la Federación (DOF) de la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, logren debilitar significativamente el flagelo de la tortura en México. 


jueves, 22 de junio de 2017

IMÁGENES RELIGIOSAS EN EDIFICIOS PÚBLICOS

Por Armando Maya Castro

Misas e instalación de imágenes religiosas en los espacios públicos, una constante en Orizaba, Veracruz, un municipio donde el Estado laico se violenta con impunidad frecuentemente (Foto: El Mundo de Orizaba)

El Estado laico mexicano es objeto de diversas violaciones por parte de una clase política que no termina de aceptar que México es un país con diversidad religiosa, en el que, por mandato de ley, no se pueden instalar en los edificios públicos imágenes religiosas del catolicismo.

Y no se puede porque las instituciones públicas de nuestro país son frecuentadas no sólo por miembros de la Iglesia católica, sino por personas que, por profesar otras religiones, no se identifican con las imágenes de la iglesia mayoritaria, quien puede usarlas en sus propios espacios, mas no en los sitios donde convergen personas con distintas creencias religiosas.

Es posible que haya políticos que piensen que la solución salomónica a este tipo de problemas sería la creación de oficinas de gobierno exclusivas para evangélicos, judíos, musulmanes, ateos y demás religiosos, pues, existiendo tales dependencias, no tendrían necesidad de ir a las oficinas donde se exhiben las imágenes católicas, que ahora alternan con las de los héroes que nos dieron patria y libertad.

No necesitamos una solución con alta dosis de discriminación como esta, sino que las autoridades de gobierno se ciñan a los principios constitucionales de laicidad y separación del Estado y las iglesias, los cuales han sido quebrantados por muchos de los funcionarios públicos que juraron cumplir y hacer cumplir la Constitución y las leyes que de ella emanan.

Cada que se produce una violación contra el Estado laico, como las que actualmente se presentan en Orizaba, Veracruz, y de las que enseguida les contaré, nos vemos en la necesidad de remitirnos al gran legado de Juárez, el estadista que promulgó en Veracruz las Leyes de Reforma (1855-1861), un conjunto de leyes que fueron elevadas a rango constitucional el 25 de septiembre de 1873, durante el régimen de Sebastián Lerdo de Tejada, mediante la Ley de Adiciones y Reformas de 25 septiembre de 1873, postulando, entre otros, el siguiente principio: “El Estado y la Iglesia son independientes entre sí. El congreso no puede dictar leyes, estableciendo o prohibiendo religión alguna” (Artículo 1).

A pesar de este principio histórico, plasmado en el artículo 130 constitucional, y no obstante que el artículo 40 de nuestra Carta Magna define a la República Mexicana como “laica”, las violaciones a la laicidad estatal se han convertido en México en el pan nuestro de cada día.

El caso que hoy preocupa, y por ello me ocupa, es el de Orizaba, un municipio veracruzano que se encuentra “violando el Estado laico y la Constitución mexicana al ceder un espacio público para la realización de actos de culto religioso como la celebración de una misa católica el domingo pasado” denunció Ángel Aburto Valencia, líder evangélico de esa región (El Mundo de Orizaba, 20 de junio de 2017).

El problema va más allá de las misas que se celebran en los inmuebles municipales, ya que el ayuntamiento orizabeño ha introducido imágenes de devoción católica en varios espacios públicos, situación que la próxima semana será llevada a la tribuna del Congreso local, indicó el diputado Rogelio Rodríguez García, quien lamentó el desconocimiento de la ley por parte de las autoridades municipales que cometen estas violaciones.

Libni Zuriel de la Cruz, estudiante de la carrera de Sociología de la Universidad Veracruzana, señala que al alcalde Diez Francos se le ha hecho común violentar las leyes en materia de laicidad, y explica el porqué de su señalamiento: “Fue durante su primera administración (2008-2010) que ‘puso el dedo en la llaga’ al instalar la estatua de San Miguel Arcángel en Los Arcos que limitan las ciudades de Orizaba y Rio Blanco, con cargo al erario público”. En su segunda administración (2014-2017), añade el también defensor del Estado laico, “ha inundado los espacios públicos de Orizaba de monumentos religiosos: la virgen de Guadalupe, en Plaza Bicentenario; la instalación de otra estatua de San Miguel Arcángel, en contra esquina del Palacio de Hierro, frente a la Catedral que lleva su mismo nombre; la instalación de una capilla en el expo parque de Dinosaurios”, entre otros.

Algo debe hacer Gobernación para acabar con la impunidad en materia de laicidad. Lo digo porque, al paso que vamos, a cualquiera de nuestros flamantes diputados se le puede ocurrir un proyecto de ley para autorizar la instalación de imágenes religiosas en espacios públicos, como lo hizo el pasado mes de mayo un legislador de la República de Uruguay, en un lamentable ataque a la laicidad y al espacio público.

El proyecto de ley en cuestión es del diputado uruguayo Pablo Abdala, quien lo presentó luego de “la votación negativa de parte de la Junta Departamental de Montevideo a la instalación de un monumento a la Virgen María en la rambla del Buceo, impulsada por la Iglesia Católica” (Sociedad Uruguaya, 6 de junio de 2017).

Si no queremos que en México suceda algo similar, debemos comenzar a realizar acciones firmes, orientadas a proteger al Estado laico, cuyo desmantelamiento equivaldría a restablecer el Estado confesional y, con él, la indeseable intolerancia religiosa.

Publicado en la edición impresa de El Mexicano de Tijuana, el 22 de junio de 2017

http://ed.el-mexicano.com.mx/impreso/Tijuana/062217/22-06-2017_TIJ_13AA.pdf