jueves, 10 de enero de 2013

LIBERTADES BAJO AMENAZA


Agustín de Iturbide promulgó el Plan de Iguala o de las Tres Garantías, que dio al poder eclesiástico una posición privilegiada ante el Estado


Nadie puede negar los importantes avances que en México se han dado en relación a la protección del derecho fundamental de libertad religiosa. Estos avances, que merecen ser preservados por las autoridades de los tres niveles de gobierno, y por quienes formamos parte de esta gran nación, comenzaron a darse desde hace poco más de 150 años. 

Desde la conquista de México, y a lo largo del periodo virreinal, nuestra nación estuvo marcada, en materia de libertad de cultos, por el reconocimiento del catolicismo como religión oficial del Estado, con exclusión de cualquier otra expresión religiosa. La católica fue, por más de 300 años, la única religión admitida y protegida por el Estado.

Todas las constituciones, a partir de la de Cádiz (jurada el 19 de marzo de 1812 bajo el título de Constitución Política de la Monarquía Española) favorecieron en exclusiva a la Iglesia romana. La de Cádiz establecía en su artículo 12: “La religión de la Nación española es y será perpetuamente la católica, apostólica romana, única y verdadera”. Este principio de intolerancia religiosa impregnó la mayoría de las constituciones del México post independiente, con la única excepción de la Carta Magna de 1857.

Entre 1814 y 1820, la Constitución gaditana fue suspendida por Fernando VII, provocando reacciones y cuestionamientos en España, así como en la mayoría de las colonias americanas. Esta situación afectó muy poco los arraigados intereses de la Iglesia católica, quien gozó, a lo largo de la guerra de independencia, de una posición privilegiada.

Las Cortes españolas dictaron, entre agosto y septiembre de 1820, varios decretos que tocaron los intereses de la Iglesia católica. Estos decretos, que fueron conocidos en México hasta enero de 1821, “disponían de una segunda expulsión de los jesuitas, la abolición del fuero eclesiástico en los casos criminales, supresión de órdenes monásticas y hospitalarias y restricción del derecho de la Iglesia a tener propiedades”.

El 24 de febrero de 1821, el Plan de Iguala de Agustín de Iturbide proclamó no sólo la independencia de México, sino también la continuación de la monarquía constitucional “bajo un emperador gobernando en el intertanto una Junta de Gobierno que convocaría a Cortes para organizar las nuevas instituciones”. Este manifiesto político, que constaba de 23 artículos, “representaba los intereses amenazados tanto de la Iglesia, como del ejército y la oligarquía, respetando las propiedades de la Iglesia y de los particulares en lo que se llamaron las tres garantías: «la religión, la independencia y la unión», apoyada por un ejército que se llamó Ejército de las Tres Garantías o Trigarante”. El Plan de Iguala otorgó un reconocimiento especial a la Iglesia católica al establecer en su artículo primero: “La religión de Nueva España es y será la católica, apostólica, romana, sin soberanía de otra alguna".

Con la proclamación de la independencia, a partir del Plan antes citado, el clero católico siguió conservando la posición de privilegio que tuvo a lo largo de tres siglos de vida colonial. El artículo 14 del Plan en cuestión es categórico: “El clero secular y regular será conservado en todos sus fueros y preeminencias”.

La primera Constitución, promulgada en 1824 por el Congreso Federal, establecía que la religión católica es la única oficialmente autorizada. Las Siete Leyes Constitucionales (1835-1836) establecían en su artículo primero que la nación mexicana “no protege otra religión que la católica, apostólica, romana, ni tolera el ejercicio de otra alguna”. En las Bases Orgánicas de 1843 se mantuvo de manera esencial la protección a la Iglesia católica y la exclusión de otras confesiones religiosas.

En materia de libertad religiosa, los 7.5 millones de habitantes que tenía México cuando se promulgó la Constitución liberal de 1857 no tenían más alternativa que la religión católica. Se puede decir que en ese tiempo los mexicanos eran católicos no por convicción, sino por mandato constitucional.

Las cosas comenzaron a cambiar con la Constitución de 1857, cuya promulgación ocasionó que el clero católico enfrentara al gobierno por considerar que algunos de los artículos de esa ley constituían una amenaza para sus intereses. En respuesta al proceder del clero, Benito Juárez promulgó las Leyes de Reforma, donde quedó establecida, entre otras cosas, la libertad de cultos y el principio histórico de la separación del Estado y las iglesias.

Desde el 15 diciembre del 2011, diversas voces han insistido en que la reforma del artículo 24 constitucional (avalada hasta el momento por 16 congresos locales) constituye un atentado contra el Estado laico y el conjunto de libertades que de él emanan. A través de esta modificación legislativa, la jerarquía católica busca poder y prerrogativas para que su religión sea privilegiada en relación con los demás credos religiosos. 

@armayacastro


Publicado en el diario El Occidental de Guadalajara, Jalisco




  
 

 





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