martes, 28 de enero de 2014

¿Y EL RESPETO A LA LEY?

Por Armando Maya Castro
El gobernador Miguel Márquez Márquez prestará el helicóptero del estado de Guanajuato al nuncio apostólico en México, Cristophe Pierre, para trasladarlo a la cima del cubilete durante la peregrinación a Cristo Rey. Esta acción violenta la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, ordenamientos jurídicos que establecen que el Estado mexicano es laico

Jorge Adame Goddard define al Estado laico como "aquella organización política que no establece una religión oficial, es decir que no señala una religión en particular como la religión propia del pueblo, que por lo mismo merece una especial protección política y jurídica".

Al hablar sobre la importancia y beneficios de la laicidad estatal, el catedrático de la UNAM explica que "la razón de ser del Estado laico es permitir la convivencia pacífica y respetuosa, dentro de la misma organización política, de diferentes grupos religiosos”.

Un Estado proclive a la confesionalidad constituye una seria amenaza para la relación no hostil entre las diversas religiones, poniendo en riesgo la paz y seguridad social. De ahí la importancia que los funcionarios de gobierno ejerzan su puesto de autoridad alejados de las diferentes doctrinas religiosas, lo que implica una separación entre lo político y lo religioso.

La clase política mexicana debería aceptar que la autonomía en cuestión no es opcional, sino jurídicamente obligatoria. El artículo 130 constitucional establece el “principio histórico de la separación del Estado y las Iglesias”. Hace lo propio la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público (LARCP), “reglamentaria de las disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de asociaciones, agrupaciones religiosas, iglesias y culto público”.

Queda claro que nuestra Carta Magna no deja esta separación a criterio de las autoridades. Lo ordena a través de las disposiciones constitucionales en materia de laicidad y separación del Estado y las Iglesias, procurando que el Estado esté al servicio de todos los ciudadanos, tengan o no tengan religión.

En México, lamentablemente, la separación en cuestión está desapareciendo debido a los siguientes factores: 1) las presiones de un clero católico ávido de un trato preferencial; 2) la actitud condescendiente de la clase política mexicana; 3). la inacción de la Secretaría de Gobernación (Segob), la instancia encargada de "vigilar el cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales en materia de culto público, iglesias, agrupaciones y asociaciones religiosas".

Esto último es de tal gravedad que ha propiciado una espiral de impunidad entre la clase política mexicana. Si lo duda, acompáñeme a revisar las más recientes violaciones del Estado laico, acciones con una fuerte carga de cinismo y que revelan cómo las autoridades mexicanas siguen pasando por encima de los principios constitucionales de laicidad y no discriminación.

La primera de estas violaciones fue publicada en el diario Reforma bajo el siguiente título: “Destinan en Acapulco 27 mdp para iglesia”. Alfonso Juárez, corresponsal de este importante diario de circulación nacional, nos informa que la comunidad cultural de Guerrero denunció al diputado federal del PRI, Manuel Añorve Baños, por haber gestionado 27 millones de pesos ante el Consejo Nacional para la Cultura y las Artes (Conaculta), para un supuesto auditorio de usos múltiples, el cual operará la Iglesia católica.

En relación a la acción anticonstitucional del legislador guerrerense, el escritor Antonio Salinas, uno de los denunciantes, señaló: “La comunidad cultural de Guerrero se manifiesta y externa su rechazo por la corrupción, el tráfico de influencias y el cinismo con que fueron etiquetados estos recursos".
La intención del diputado priista es clara: ganarse la bendición de la Arquidiócesis de Acapulco, lo cual no tendría nada de malo si lo hiciera con sus propios recursos, no con los del erario. El beneficio que dicho legislador intenta brindar a la Iglesia católica quebranta el artículo 40 constitucional, así como el 3° de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público (LARCP), en los que se asienta que el Estado mexicano es laico, y que como tal “no podrá establecer ningún tipo de preferencia en favor de religión alguna”.

El otro caso que viola el Estado laico fue publicado en el periódico El Universal bajo el siguiente título: “Gobierno de Guanajuato prestará helicóptero a nuncio”. De acuerdo con esta nota, “el nuncio apostólico, Christophe Pierre, “será transportado en el helicóptero del estado de Guanajuato para oficiar la celebración litúrgica con motivo de la Peregrinación Nacional Juvenil a Cristo Rey”. Así lo dio a conocer Víctor León, presidente Nacional del Movimiento Testimonio y Esperanza, expresándose así de la acción del gobierno guanajuatense: "En eso nos han apoyado, en transporte para el nuncio apostólico, la Arquidiócesis (de León) no tiene helicóptero y el nuncio apostólico dice ‘yo sí quiero cruzar por dónde van los jóvenes, pero no alcanza a llegar a la misa', entonces conscientes de ello han facilitado el helicóptero", explicó.

El organizador de la marcha religiosa informó que el Ejecutivo estatal, “además de proporcionar la aeronave para el traslado del representante del Papa Francisco, apoyará el evento con gasolina para algunos vehículos y con baños portátiles”. Esta acción, aunque no la perciban así las autoridades guanajuatenses, violenta de manera flagrante los principios de laicidad y de separación del Estado y las iglesias.

No puedo omitir el caso que involucra a José Luis Aguilar Cuéllar, regidor panista del Ayuntamiento de Ciudad Juárez, registrado ante la Segob como apoderado legal y ministro de culto perteneciente a la agrupación denominada Rescue Mission de México (SGAR/2285/97). Este  caso quebranta lo que respecto a las autoridades dispone el artículo 14 de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público: “No podrán ser votados para puestos de elección popular, ni podrán desempeñar cargos públicos superiores, a menos que se separen formal, material y definitivamente de su ministerio cuando menos cinco años en el primero de los casos, y tres en el segundo, antes del día de la elección de que se trate o de la aceptación del cargo respectivo”.


La Secretaría de Gobernación debería de aplicar las sanciones que marca la ley para detener estos atropellos en contra del Estado laico, perpetrados por hombres y mujeres que juraron cumplir y hacer cumplir la Constitución y las leyes que de ella emanan. 

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