sábado, 13 de julio de 2013

DISCRIMINACIÓN RELIGIOSA



Por Armando Maya Castro
 
Las leyes de México no han logrado erradicar la discriminación religiosa, un flagelo que el Estado y la sociedad deben combatir con mayor firmeza
Aunque el derecho a la libertad religiosa está consagrado en el artículo 18 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la discriminación por motivos religiosos sigue siendo un problema grave en nuestro país. La Encuesta Nacional sobre Discriminación en México (Enadis 2010) reveló que “cuatro de cada diez personas que viven en comunidades mayoritariamente católicas, consideran que la religión es un importante factor de división en la comunidad”.

La discriminación en general es un problema que se halla presente en todo el mundo, y que se niega a desaparecer a pesar de las leyes y de los esfuerzos que los Estados despliegan en su afán por erradicarla. Su gravedad es de tal magnitud, que en 1995 la UNESCO se manifestó alarmada ante “la intensificación actual de los actos de intolerancia, violencia, terrorismo, xenofobia, nacionalismo agresivo, racismo, antisemitismo, exclusión, marginación y discriminación perpetrados contra minorías nacionales, étnicas, religiosas y lingüísticas, refugiados, trabajadores migrantes, inmigrantes y grupos vulnerables de la sociedad...”.

A través de los siglos, la discriminación religiosa ha ocasionado muchísimo dolor y ha sido la base de varios conflictos sangrientos. Por ejemplo, las guerras de religión francesas, que en el siglo XVI enfrentaron a los católicos con los hugonotes, teniendo como desenlace la masacre de la noche de San Bartolomé (24 de agosto de 1572). Pero veamos el caso específico de México, donde la discriminación religiosa sigue violando los derechos humanos básicos y desafiando todas las normas de las leyes democráticas. 

En el México actual, existen personas y grupos que se niegan a aceptar la realidad de nuestra nación en materia religiosa. Son mentes que quisieran el retorno de los viejos tiempos, en los que la religión única era el catolicismo, sin tolerancia para ninguna otra. Con este tipo de mentalidad resulta complicado admitir que los seres humanos tienen el derecho inalienable de escoger su religión y conducirse conforme a sus principios.

Para resolver este problema debe aceptarse que México es un país religiosamente plural, tal como lo demuestran las 7,790 asociaciones religiosas registradas ante la Segob. Este dato es contundente y corrobora que la pluralidad religiosa en nuestro país es una realidad innegable. 

Por desgracia, algunos medios han contribuido a magnificar el problema de la discriminación religiosa. Lo han hecho al exhibir la diversidad religiosa como algo extravagante y como un peligro que atenta contra la unidad de las familias y de la nación. Esta actitud no ayuda a que nuestra sociedad vea la pluralidad religiosa como un valor social que merece ser justipreciado. Tampoco coadyuva a que se le valore como una expresión de la riqueza cultural e identitaria de una sociedad moderna y desarrollada como la nuestra. 

Las declaraciones intolerantes e irresponsables de algunos clérigos han contribuido también al agravamiento del problema. Me refiero a esas campañas de odio en contra de las minorías religiosas, despectivamente llamadas sectas por sus detractores. El ejemplo más claro lo tenemos en el otrora nuncio apostólico en México, Girolamo Prigione, quien describió así a los grupos religiosos minoritarios: “"las sectas son moscas que hay que matar a periodicazos". 

México ha definido un marco jurídico de lucha contra la discriminación que es bastante claro: el artículo 1° de nuestra Carta Magna consagra el principio universal de prohibir todo tipo de discriminación: “Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las capacidades diferentes, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas”. 

Por su parte, la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público dispone en su artículo 2°, inciso c): “El Estado mexicano garantizará a favor del individuo, los siguientes derechos y libertades en materia religiosa: no ser objeto de discriminación, coacción u hostilidad por causa de sus creencias religiosas…”.   

No podemos soslayar la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, cuyo objeto es “prevenir y eliminar todas las formas de discriminación que se ejerzan contra cualquier persona…” (Artículo 1°). Este ordenamiento jurídico establece como conducta discriminatoria, entre otras: “Limitar la libre expresión de las ideas, impedir la libertad de pensamiento, conciencia o religión, o de prácticas o costumbres religiosas, siempre que éstas no atenten contra el orden público” (Artículo 9, fracción XVI).

A pesar de la claridad de nuestro marco jurídico, la mayoría de las veces éste no resulta especialmente útil para las minorías religiosas, quienes lamentan que la mayoría de los casos de intolerancia y discriminación religiosa queden en la más absoluta impunidad. Lo que sucede en Los Altos de Chiapas es, en mi opinión, el mejor ejemplo.
 

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