jueves, 7 de febrero de 2013

LAS AUTORIDADES EN UN ESTADO LAICO





 Por Armando Maya Castro

El gobernador de Oaxaca, Gabino Cué Monteagudo asistió a la ceremonia religiosa en la que Monseñor Gonzalo Alonso Calzada Guerrero fue ordenado Obispo Auxiliar de la Arquidiócesis de Antequera
 
Las violaciones al Estado laico son tantas y tan frecuentes en nuestro querido México, que la mayoría de los mexicanos hemos dejado de reaccionar cuando se producen este tipo de atropellos. Es triste decirlo, pero son pocas las voces que se levantan para defender la laicidad, permitiendo que nuestras autoridades olviden que al asumir sus cargos protestaron cumplir y hacer cumplir la Constitución y las Leyes que de ella emanan.

Esta es la razón por la que muchos funcionarios públicos desempeñan sus tareas gubernamentales sin un mínimo de respeto al Estado laico, que es aquel que se conduce imparcialmente, sin favorecer en ningún sentido a determinada confesión religiosa. En una sociedad plural como la nuestra, cualquier inclinación de la autoridad hacia determinada concepción moral y/o religiosa quebranta el principio de no discriminación con el que debe regirse todo Estado laico.

El artículo 40 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece: “Es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una República representativa, democrática, laica y federal…”. La inclusión del adjetivo “laico” a las características del Estado mexicano se dio apenas el año pasado mediante una reforma al citado artículo. Antes, la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público era el único ordenamiento jurídico que hacía referencia explícita al carácter laico del Estado.

A pesar de lo que establece el artículo 40 de nuestra Carta Magna, y el 3° de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, diversas autoridades han hecho acto de presencia en actos de carácter religioso, violando así la naturaleza laica del Estado mexicano y el principio de igualdad y de no discriminación. 

El día en que los mexicanos conmemorábamos el 96 aniversario de la promulgación de la Constitución General de la República, el gobernador de Oaxaca, Gabino Cué Monteagudo y el Secretario General de Gobierno, Jesús Martínez Álvarez, así como otros funcionarios del gobierno oaxaqueño, estuvieron presentes en la ceremonia religiosa en la que Monseñor Gonzalo Alonso Calzada Guerrero fue ordenado Obispo Auxiliar de la Arquidiócesis de Antequera.

La presencia de citados funcionarios en dicho acto constituye una violación al artículo 25 de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, cuyo párrafo tercero dispone: “Las autoridades antes mencionadas no podrán asistir con carácter oficial a ningún acto religioso de culto público, ni a actividad que tenga motivos o propósitos similares…”. El caso del gobernador de Oaxaca no es el único, sino uno de los tantos casos que prueban el trato exclusivo que se otorga a la Iglesia mayoritaria. ¿O cree usted que el gobernador oaxaqueño asista regularmente a las ceremonias religiosas de importancia de las demás iglesias de Oaxaca? 

Pero decía al principio que esto se ha vuelto tan común en México, que se ha perdido la capacidad de reacción para condenar con firmeza estos actos anticonstitucionales. Pocas fueron las voces que se levantaron cuando Felipe Calderón Hinojosa, en su condición de presidente de la República Mexicana, asistió a la ceremonia de beatificación del papa Juan Pablo II, programada para el 1 de mayo de 2011. Pocos desaprobaron que Calderón y los entonces candidatos a la Presidencia de la República hayan asistido a la ceremonia religiosa que encabezó el papa Benedicto XVI en el Parque Guanajuato Bicentenario, el 25 de marzo de 2012. El atropello al Estado laico fue flagrante, sin embargo el caso quedó impune y con escasa denuncia mediática.

La ley es muy clara al respecto: la presencia de cualquier funcionario público en eventos religiosos violenta el principio de laicidad, que es la garantía del Estado para que las asociaciones religiosas puedan convivir en armonía y ser tratadas de manera igualitaria. Para el verdadero Estado laico, es lo mismo una Iglesia antigua y con millones de fieles, que una de reciente fundación y con pocos miembros. El Estado laico trata a todas las asociaciones religiosas de la misma manera, pues para él no hay iglesias de primera y segunda clase. 

Quiero dejar en claro, por último, que todos los servidores públicos tienen derecho de profesar la creencia religiosa de su preferencia, o a no profesar ninguna. Lo que malo es olvidar que como autoridades tienen “la obligación de anteponer la vigencia del marco legal a toda expresión religiosa y de restringir su devoción a lo estrictamente privado”.

@armayacastro



Este artículo fue publicado en el diario El Occidental de Guadalajara, el 7 de febrero de 2013




 

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