miércoles, 13 de noviembre de 2013

DISCRIMINACIÓN ÉTNICA

Por Armando Maya Castro
Aeroméxico, involucrada en un nuevo caso de discriminación; esta vez en agravio de seis jóvenes indígenas de Oaxaca


Es altamente indignante lo que está sucediendo en México en materia de discriminación: siete indígenas de Sola de Vega y San Jacinto Tlacotepec, Oaxaca, denunciaron haber sido discriminados por Aeroméxico, la aerolínea más grande de México, fundada en noviembre de 1934 por el empresario y político Antonio Díaz Lombardo. 

Los indígenas presuntamente discriminados explicaron que la línea aérea, a través del supervisor Francisco Cáceres, canceló su vuelo y se negó a reasignarles otro debido a su origen indígena y a su forma de vestir, mientras que a otros pasajeros sí los atendió adecuadamente. 

Sandra Mónica Ramírez ejecutó las órdenes del supervisor, negando el abordaje a José Rojas, Florentino Bautista, Severiana López, Gilberto Ruiz, Benedicto Heras y Marcelo Pérez. Cuando éstos quisieron saber por qué se les negaba el acceso al vuelo AM544, que cubría la ruta Oaxaca-México, el supervisor les respondió con lujo de prepotencia: “Háganle como quieran”. 

Algunas versiones periodísticas indican que el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred) abrió una queja por el caso de los indígenas afectados, dando a conocer que el titular de este organismo, Ricardo Bucio Mújica, lo confirmó en su cuenta de Facebook. 

El pasado domingo, y luego de casi una semana de presiones en las redes sociales, la aerolínea emitió un comunicado en el que explicó que “por razones operacionales se realizó un cambio de avión, lo que implicó ofrecer el servicio con un avión Embraer 170 de 76 asientos y no un Embraer 190 de 99 como estaba previsto. Esto motivó que más de 20 clientes no pudieran subir al vuelo, entre ellos un grupo de siete personas cuyo itinerario final era Hermosillo”. La empresa señala, además, que “el supervisor en turno de Aeroméxico explicó a los pasajeros que quedaron en Oaxaca la situación y ofreció en compensación hotel, alimentos, traslado y un boleto de avión en ruta nacional” (proceso.com.mx, 10 de noviembre de 2013). 

Este comunicado obliga a las instancias nacionales que luchan contra la discriminación a realizar una investigación sin demora y a fondo para conocer la verdad de los hechos. La sociedad espera que este comunicado sea tomado como lo que es: la versión de Aeroméxico, sin restarle credibilidad a los señalamientos de los presuntos afectados.

El derecho a la no discriminación para todas las personas está reconocido en el Artículo 1° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, que en su artículo 4° establece: “Para los efectos de esta ley se entenderá por discriminación toda distinción, exclusión o restricción que, basada en el origen étnico o nacional, sexo, edad, talla pequeña, discapacidad, condición social o económica, condiciones de salud, embarazo, lengua, religión, opiniones, preferencias sexuales, estado civil o cualquier otra, tenga por efecto impedir o anular el reconocimiento o el ejercicio de los derechos y la igualdad real de oportunidades de las personas”. 

A pesar de que los anteriores ordenamientos jurídicos prohíben terminantemente la discriminación, el trato excluyente y abusivo en agravio de los indígenas sigue siendo el pan nuestro de cada día. Desde que los españoles se apoderaron de las tierras y riqueza de los pueblos nativos, la discriminación ha golpeado brutalmente a los grupos étnicos. De entonces a la fecha los indígenas de México han sido marginados de la educación, la salud, el trabajo, la vivienda, los servicios, la participación política, etcétera. Como resultado de lo anterior, las comunidades indígenas presentan los niveles más bajos de bienestar en relación con el resto del país.

El pasado 19 de marzo, la empresa Gabinete de Comunicación Estratégica  (GCE) realizó una encuesta telefónica, de acuerdo con la cual 73 por ciento  de los mexicanos considera que la población indígena es la más discriminada en México. Según la Encuesta Nacional de Discriminación ENADIS 2010, elaborada por el Conapred y la UNAM, 44 por ciento de mexicanos y mexicanas consideran que no se respetan los derechos de las personas indígenas.

El caso Aeroméxico, así como otros más, entre ellos el de Irma López Aurelio, la indígena mazateca que dio a luz en el patio de una clínica oaxaqueña, debería obligar al gobierno federal a iniciar una campaña nacional de difusión en los medios de comunicación sobre los derechos de los pueblos indígenas. 

Actualmente, sólo 22 estados de la República cuentan con un marco normativo antidiscriminatorio. Lo ideal sería que todas las entidades contaran con una ley estatal contra la discriminación. Con este propósito, el Conapred ha puesto al alcance de todos los congresos estatales una Ley Modelo para que presenten sus iniciativas. Se accede a la misma a través de la siguiente dirección: http://www.conapred.org.mx/index.php?contenido=pagina&id=504&id_opcion=650&op=650.

Concluyo recordando la frase final del artículo “Aeroméxico, la discriminación y qué hacer”, en referencia a otro caso de discriminación cometido por la aerolínea en cuestión, quien a través de un casting enviado por una agencia publicitaria detalló que no quería actores morenos: “Resulta paradójico –afirma José Roldan Xopa, autor del citado artículo– que una empresa cuyo emblema es un caballero águila, excluya a la raza de donde proviene (quizás, bien mirado, sea un caballero águila con rasgos no indígenas)”.

sábado, 9 de noviembre de 2013

MALTRATO INFANTIL

Por Armando Maya Castro
El incremento de los índices de violencia a menores de edad exige que la sociedad se involucre más en la búsqueda de soluciones al problema del maltrato infantil



El maltrato infantil es un atentado a los derechos de los niños y adolescentes de ambos sexos, consagrados a partir de la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Se trata de un mal tan antiguo como la existencia de los seres humanos, que crece cada día de manera alarmante, sin que la sociedad decida involucrarse a fondo en la tarea de proteger la dignidad de los menores de edad. 

Pese a su antigüedad, el interés para detectar y erradicar este penoso mal es reciente. Hasta 1962 el maltrato infantil era una conducta aceptada en la sociedad y en la familia. Antes de ese año, y desde el más remoto pasado, este grave flagelo estuvo “ligado a factores sociales, políticos y religiosos”. 

En la Antigua Grecia, filósofos de la talla de Platón y Aristóteles consideraban que los padres eran dueños de los hijos, no protectores de éstos. En uno de sus Diálogos, Platón decía: “Puesto que fuiste traído al mundo y criado y educado por nosotros, ¿puedes negar que eres hijo nuestro y nuestro esclavo?”. Posteriormente, Aristóteles expresó: “un hijo o un esclavo son propiedad y nada de lo que se hace con la propiedad es injusto”. 

Pensamientos así, independientemente de que hayan brotado de la mente de dos de los máximos representantes de la filosofía griega, contribuyeron a la formación de una sociedad que consideraba el maltrato infantil como algo necesario y permitido. 

Jesús del Bosque-Garza publicó en la Gaceta Médica de México un trabajo suyo titulado "Historia de la agresión a los niños", revisando a lo largo del mismo "algunos aspectos históricos de las agresiones a los niños, desde el castigo corporal, las ataduras y el abandono hasta el infanticidio como extremo". Al abundar sobre este último tema, el mencionado autor nos dice: "El infanticidio como extremo de violencia se ha verificado desde la más remota antigüedad en prácticamente todas las culturas. Las causas históricas más frecuentemente registradas son los defectos congénitos y la ilegitimidad. Son muchos los episodios en que los niños fueron sacrificados, quemados o asesinados de múltiples maneras con fines variados: desde los religiosos hasta los económicos" (Gaceta Médica de México, Vol. 139, No. 4, 2003).

Es a partir de 1962 cuando Henry Kempe y Silverman acuñaron la expresión “síndrome del niño golpeado”, “denunciando frente a la comunidad la violencia que sufrían los niños y niñas por parte de sus cuidadores”.

La UNICEF, preocupada por el maltrato infantil y sus diversas expresiones: pornografía infantil, trata de blancas, trabajo infantil, explotación sexual, etcétera, afirma que México ocupa los primeros lugares entre los países de la OCDE en violencia física, abuso sexual y homicidio de menores de 14 años infligidos principalmente por su padres o progenitores. Este organismo define al maltrato infantil de la siguiente manera: “Los menores víctimas de maltrato y el abandono son aquel segmento de la población conformado por niños, niñas y jóvenes hasta los 18 años que sufren ocasional o habitualmente actos de violencia física, sexual o emocional, sea en el grupo familiar o en las instituciones sociales. El maltrato puede ser ejecutado por omisión, supresión o transgresión de los derechos individuales y colectivos e incluye el abandono completo o parcial”. 

De acuerdo con la UNICEF –que desde 1954 trabaja en México con organismos no gubernamentales,  con instituciones no lucrativas de la sociedad civil y con organismo no gubernamentales–, seis de cada diez niños y adolescentes han vivido directamente alguna forma de violencia en su casa o escuela, 5.5 por ciento sufren de violencia sexual y 16.6 por ciento de violencia emocional. 

Un informe de la Cámara de Diputados, basado en información de la Red por los Derechos de la Infancia en México, reveló que en un lapso de diez años (de 2001 a 2011), más de 230 mil niños sufrieron algún tipo de maltrato. Este informe presenta a Guanajuato, Yucatán, Puebla, Coahuila, Chihuahua y Sinaloa como los estados de la República con mayor frecuencia y número de casos de maltrato infantil. 

En estos estados y en las demás entidades federativas debería cumplirse la siguiente recomendación del Informe Mundial sobre la Violencia contra los Niños y Niñas, del experto Paulo Sérgio Pinherio: “En todos los lugares y en todos los entornos deberían existir servicios bien publicitados y fácilmente accesibles con el mandato de investigar denuncias o indicios de violencia contra los niños y niñas. También debería garantizarse el acceso de niños y niñas a servicios donde puedan hablar con confianza acerca de cualquier cosa que les preocupe o les haga daño".

Si esto se hiciera, y si se aplicaran sanciones ejemplares a los inhumanos agresores, tenga usted la seguridad que disminuirían considerablemente los casos de abandono y maltrato infantil, tanto los que por su gravedad cobran trascendencia pública, como aquellos que permanecen sin ser denunciados. 



 



jueves, 7 de noviembre de 2013

INTOLERANCIA RELIGIOSA EN OAXACA



Por Armando Maya Castro

Familiares de los agredidos en el caso de intolerancia religiosa ocurrido en San Juan Ozolotepec exigen la intervención de la Secretaría de Gobernación y de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (Foto: e-consulta.com / Oaxaca)
Toda manifestación de intolerancia religiosa es digna de condena, pero es más deplorable cuando una acción así es encabezada por las autoridades, quienes deben velar por el cumplimiento de la ley. Tal es el caso del derrumbe del templo de la Iglesia evangélica de San Juan Ozolotepec, Oaxaca, donde el alcalde Pedro Cruz Santiago incitó a por lo menos 300 habitantes de dicha localidad a demoler con marros y barretas las paredes de un templo de la iglesia pentecostés en proceso de construcción. 

Al proceder así, el edil oaxaqueño olvida que al inicio de su mandato protestó acatar y hacer cumplir la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la del Estado Libre y Soberano de Oaxaca. El primero de estos ordenamientos garantiza en su artículo 24 la libertad de religión, en tanto que el artículo 19 de la Constitución oaxaqueña la garantiza en los siguientes términos: “Todo hombre es libre para profesar la creencia religiosa que más le agrade y para practicar las ceremonias, devociones o actos de culto respectivo, siempre que no constituyan un delito o falta penados por la ley”.

Lo ocurrido en la sierra sur de Oaxaca es un caso de intolerancia religiosa sumamente delicado; un caso que amerita la intervención de la Secretaría de Gobernación, ya que los agresores, aparte de derribar el mencionado santuario, privaron ilegalmente de la libertad a tres o cuatro miembros de la mencionada congregación, sobre quienes pesa, además, la amenaza de linchamiento. Su delito: profesar un credo diferente al católico.

Los agraviados exigen la intervención inmediata del Gobierno del Estado, quien se ha “estacionado” en el terreno de las buenas intenciones, afirmando que en San Juan Ozolotepec “permanecen un enviado de la Secretaría General de Gobierno, Francisco Torralba Morales, y el agente del Ministerio Público con sede en Miahuatlán de Porfirio Díaz, Antonio Revilla Casados, que hasta el momento continúan el diálogo”.

El pastor Sergio Aquino Domínguez, quien denunció este acto de intolerancia religiosa, pidió que se ofrezcan medidas cautelares para los evangélicos retenidos, “en particular para la familia del pastor Leopoldo Alonso, a quien la autoridad municipal lo ha despojado de sus terrenos, han mandado a clausurar su vivienda y reprime a sus hijos” (Despertar de Oaxaca, 6 de noviembre de 2013). 

La ejecución de este tipo de hechos es verdaderamente indignante, más aún cuando la Secretaría de Gobernación, en vez de privilegiar la aplicación de la ley, señala que en nuestro país la intolerancia religiosa es casi inexistente. Es también exasperante que en algunas de sus intervenciones proponga como medida de solución la vía del diálogo y la conciliación, impidiendo que se aplique el rigor de la ley a los autores de los delitos y actos vandálicos que se comenten cada vez que se produce un caso de intolerancia religiosa.

Esta indolencia, en vez de solucionar los problemas que han tenido lugar en varios estados de la República, incrementa la impunidad y favorece una espiral de violencia en agravio de las minorías religiosas que, de acuerdo con las leyes de México, tienen el derecho a existir, a predicar su religión y a no ser discriminados por sus convicciones y prácticas religiosas. 

En anteriores colaboraciones he señalado, y hoy lo sostengo, que estos ataques intolerantes tienen su origen en la falta de valores de las personas y de los grupos que creen a pie juntillas que la religión católica debería ser la única en México. Este concepto intolerante y retrógrado desconoce la pluralidad religiosa como un hecho innegable en nuestro país. 

Estas personas y grupos, depositarios de ideas exclusivistas, rígidas y fanáticas, deben aceptar de una vez por todas que quedaron atrás los tiempos en que México era un país uniformemente católico. Hoy ya no existen las constituciones intolerantes y confesionales que en el siglo XIX establecían al catolicismo como religión oficial y prohibían el ejercicio de cualquier otra religión. La etapa de esas constituciones se rompió al ser promulgada la Constitución Política de 1857, desdeñada por el clero y por los miembros del partido conservador, quienes buscaban perpetuar los privilegios de la Iglesia católica.

En la actualidad, para fortuna nuestra, México es una República laica, en la que no existen monopolios como el que existió durante la vigencia del Estado confesional, que impedía el surgimiento de otras religiones, y donde absolutamente todo, leyes, personas e instituciones, estaban impregnadas por esa intolerancia que buscaba privilegiar y proteger al catolicismo.

Es triste que esta clase de sucesos se registren en cualquier parte de México, pero es mucho más doloroso cuando estos sucesos se registran en Oaxaca, el estado natal de Benito Juárez, quien promulgó las Leyes de Reforma, entre ellas la Ley sobre Libertad de Cultos (1860), que estableció en su artículo primero: "Las leyes protegen el ejercicio del culto católico y de los demás que se establezcan en el país, como la expresión y efecto de la libertad religiosa, que siendo un derecho natural del hombre, no tiene ni puede tener más límites que el derecho de tercero y las exigencias del orden público...". 

Miguel Ángel Osorio Chong tiene el deber de intervenir, ya que los casos de intolerancia religiosa atañen directamente a la Segob, quien debe “vigilar el cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales en materia de culto público, iglesias, agrupaciones y asociaciones religiosas”. Es urgente que el titular de esta dependencia instruya a la subsecretaria de Población, Migración y Asuntos Religiosos, Paloma Guillén Vicente, para que intervenga en la solución de este caso que, de no atenderse, puede derivar en males mayores.