lunes, 8 de julio de 2013

OPERACIÓN PRIMAVERA



 Por Armando Maya Castro

El Instituto Electoral de Quintana Roo garantizó medidas contra "turismo electoral"

Se trata de un plan conocido también con el nombre de “turismo electoral”, presuntamente diseñado para que miles de ciudadanos de Yucatán y Campeche votaran por los candidatos del PRI en las elecciones que se realizaron el domingo pasado en Quintana Roo, estado donde el tricolor derrotó a sus adversarios políticos, pero no al abstencionismo, que fue el gran triunfador de la jornada electoral. 

El PRI, que ha sido señalado como el partido que diseñó la “operación primavera”, negó en los siguientes términos la existencia de dicho plan: “El turismo electoral es parte de un mito que se ha llevado al terreno mediático, en el que PRD y PAN reflejan esa desesperación. Nosotros no vamos a caer en dimes y diretes, hay una investigación y pues que se encuentre a los responsables y se castigue”.

Durante la jornada electoral del pasado domingo, un grupo de diputados y senadores del PRD, integrado por Silvano Aureoles, coordinador de la Cámara de Diputados, el senador Luis Sánchez y los diputados Joaquina Navarrete y Silvano Blanco de Aquino, sobrevoló a bordo de un helicóptero el paradisíaco Cancún. Este sobrevuelo se realizó con el propósito de documentar la existencia del turismo electoral que, según denuncias del PAN y del PRD, inició en marzo pasado con el empadronamiento de 7 mil ciudadanos de los estados vecinos de Quintana Roo.

Al parecer, los legisladores perredistas no encontraron pruebas claras de la “operación primavera”. Tampoco hay reportes contundentes en los medios de comunicación, quienes cumplieron satisfactoriamente su deber de informar a la sociedad quintanarroense los pormenores de la jornada electoral, en la que se votó por 10 presidentes municipales, 15 diputados de mayoría y 10 de representación proporcional.

El que sí encontró elementos que fortalecen la hipótesis de la existencia de la “operación primavera” es el Instituto Federal Electoral (IFE). Previo a la realización de las elecciones, y mediante visitas domiciliarias de campo, el IFE detectó a mil 388 yucatecos que, sin tener residencia en Quintana Roo, cambiaron su domicilio a diversas localidades de esta entidad. La solución del IFE fue eliminarlos del listado nominal.

Al término de la pasada jornada electoral, el Instituto Electoral de Quintana Roo (Ieqroo) –uno de los primeros en aprobar las planillas de candidatos ciudadanos e independientes– informó a la opinión pública que las elecciones fueron “limpias”. También las adjetivó como “pacíficas, transparentes y democráticas”. Habrá que esperar a que el partido del sol azteca presente el expediente con las irregularidades electorales que se registraron el domingo para corroborar la afirmación de este organismo, que dicho sea de paso, logró la apertura exitosa de las mil 726 casillas a lo largo del territorio quintanarroense. 

Lo más triste de este caso en particular es que, en el afán de frenar la práctica del turismo electoral, se cometieron algunas violaciones a los derechos humanos. Me refiero específicamente a las afectaciones y retrasos que experimentaron cientos de personas que arribaron al destino turístico más importante de México. La policía de ese municipio (gobernado por el PRD) detuvo a todos los autobuses de turismo nacional que arribaron a Cancún entre las 7 y 10 de la mañana, obligando a los usuarios –sospechosos de ser “turistas electorales”– a descender y abandonar las unidades que los transportaban. A todos ellos se les dejó con sus maletas en la entrada de la ciudad, violando así su derecho al libre tránsito. 

En las elecciones del pasado domingo, marcadas por las descalificaciones y acusaciones de actos de corrupción entre los principales partidos políticos de México, estuvieron en juego 1,374 puestos de elección: 931 presidencias municipales, 272 diputaciones de mayoría relativa y 170 plurinominales, así como un gobernador en Baja California.

Por cierto, en esta entidad de la República mexicana el Consejo del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC) tomó el acuerdo de no validar los resultados del PREP, debido a los errores que presentó su cómputo. Así es que por el momento no hay nada para nadie, aunque no está por demás recordar que, con más del 90 por ciento de las casillas computadas, el panista Francisco Vega de Lamadrid aventajaba al priista Fernando Castro Trenti.

Por último, considero necesario señalar que los mexicanos tenemos ante nosotros un gran desafío: resolver el preocupante problema del abstencionismo, ocasionado por el creciente malestar de la población hacia la clase política mexicana, así como por las irregularidades y la falta de transparencia que suelen ensombrecer los procesos electorales. Estará de acuerdo conmigo, estimado lector, que el abstencionismo y las prácticas que lo originan le hacen  muchísimo daño a nuestra endeble democracia.


VIOLENCIA ESCOLAR



Armando Maya Castro

La agresión sicológica, verbal o física, producida entre niños en edad escolar, es un fenómeno social que, aunque se ha incrementado en los últimos años, no es propia de nuestro tiempo. El acoso escolar, que se manifiesta principalmente en las aulas y patios de las escuelas, tiene décadas de estar presente en los centros educativos de México y el mundo.

Clifford H. Edwards, autor del libro “El orden en las aulas: Recursos para resolver los problemas de disciplina en clase”, apunta que el acoso escolar (bullying en su expresión inglesa) “se ha relacionado con las masacres escolares, cada vez más frecuentes desde mediados de la década de 1950”.

Lo que sí es propio de nuestro tiempo es el interés mundial por solucionar este delicado problema, que se manifiesta en el medio escolar a través de la violencia perpetrada por determinados niños y adolescentes en agravio de algunos de sus compañeros. Las siguientes son algunas de las manifestaciones de violencia más comunes: golpes, gritos, zancadillas, asignación de apodos, confiscación de objetos, amenazas y comentarios hirientes, acciones que suelen complicar la vida de la víctima y de los familiares de ésta.

¿Pero a qué se debe este fenómeno? ¿Cuál es la raíz de este reprobable mal? Los estudiosos del tema señalan que el problema obedece a un conjunto de factores: los cambios que ha experimentado la escuela en la época actual, la influencia de los medios de comunicación, particularmente la televisión, cuyo contenido violento ha contribuido a la transformación de un importante número de niños en seres altamente agresivos.

A principios de la década de los setentas, autores como Gerbner y Liebert analizaron las emisiones de televisión americana que en aquellos años contemplaban los menores de edad. De acuerdo con el primero, el 80% de esas emisiones contenían episodios violentos. Años después, “contó en programas destinados a los niños un promedio de seis agresiones por media hora, contra un solo acto de apaciguamiento luego de una agresión, en ese mismo lapso”. Huesmann afirma que “el hecho de ver mucha violencia en la televisión está asociado al aumento de la agresión, sobre todo en los niños menores”.

A esto debe agregarse el uso del internet y de los teléfonos móviles, que han dado origen a lo que hoy por hoy se conoce como cyberbullying: hostigamiento escolar sufrido a través de redes sociales o servicios de comunicación móvil.

Sobre este tipo de acoso,  Flavia Sinigagliesi, pediatra del Equipo Bullying Cero Argentina del Centro de Investigaciones del Desarrollo Psiconeurológico, explica: "Hasta no hace mucho, el acoso terminaba fuera del colegio. Ahora con los celulares e internet no tiene límite”. Me interesa dejar en claro que el problema no es la nueva tecnología, sino el mal uso que de ella se hace. 

Otro factor que ha contribuido al incremento del acoso escolar es la utilización abusiva de aquellos videojuegos cargados con violencia ficticia. El contenido de éstos “puede llevar a los niños y adolescentes a confundir realidad y fantasía y ver con naturalidad la agresión a los demás”.

Esta situación ha sido y seguirá siendo materia de estudio para los sicólogos de nuestro tiempo, quienes se han declarado hondamente preocupados por la nueva generación de realidad virtual y de juegos en internet. 

Los daños que el acoso escolar ha ocasionado son tantos y tan preocupantes, que el Senado de la República, luego de reportar que en el 2012 murieron al menos 5 mil menores por causas relacionadas con el bullying, se puso a trabajar en una iniciativa de ley que tiene el propósito de prevenir y castigar la violencia escolar.

Nuestro país necesita, aparte de la mencionada ley, el involucramiento de la sociedad en general, pero principalmente de los padres de familia, quienes tienen la obligación de estar al tanto de cualquier señal que ayude a detectar si sus pequeños son causantes o víctimas de bullying. Estará de acuerdo conmigo, estimado lector, que en cualquiera de estos casos los menores de edad necesitan recibir ayuda.

Me queda claro que los padres de familia, con el apoyo del Estado, tendrán que hacer mucho más de lo que han hecho, ocupándose de los niños agredidos, de los testigos de la agresión, y de los agresores. Es honesto reconocer que estos últimos también son víctimas de la lamentable crisis de valores por la que atraviesa nuestra  actual sociedad.

miércoles, 3 de julio de 2013

EL ARTÍCULO 40 CONSTITUCIONAL: UNA REFORMA DE GRAN CALADO



 Por Armando Maya Castro
Además de representativa, democrática y federal, la República mexicana es laica (Imagen tomada de Publimetro)
En el Diario Oficial de la Federación del 30 de noviembre de 2012 se publicó la reforma del artículo 40 constitucional, que define las características de la República Mexicana: representativa, democrática, laica, y federal. Mi intención no es abordar con detalle cada una de estas características, sino avocarnos al análisis de un punto específico: la República y su naturaleza laica.
 
La palabra «república» procede del latín res publica, cuyo significado es: “la cosa pública o lo público”. Respecto al tema, Ramón Eliezer Solano Castrejón, abogado de profesión e integrante de Foro Cívico México Laico, señala: “en la antigua Roma tal concepto aludía a los derechos e intereses del pueblo (populus romanus). Para ellos, la república constituyó la denominación general de la organización política en sí misma y no describía ninguna forma de gobierno en especial. Para los griegos, en cambio, se refería a los asuntos de la ciudad-Estado, en donde sólo los ciudadanos participaban en las discusiones del ágora”. 

Dedicado al estudio y análisis del tema, mi entrevistado sostiene que “es a partir de Nicolás Maquiavelo, a través de su obra El Príncipe (1532), que se comienza a dotar a la palabra «república» de un significado específico: forma de gobierno con participación de varios, mientras que la monarquía sería la de un solo actor político. Montesquieu, por su parte, asocia la forma republicana de gobierno con la concepción de que todo el pueblo o una parte de él ejerce el poder supremo. Thomas Paine, a su vez, establece que esta forma de gobierno implica el procedimiento de designación mediante elección popular”. 

En el caso específico de México, la forma republicana de gobierno fue establecida desde el Decreto Constitucional de Apatzingán de 1814, así como el Acta Constitutiva y la Constitución de 1824, habiéndose anulado formalmente en un periodo de sólo cinco años que comprenden los dos imperios (1822-1823 y 1864-1867). En consecuencia, “la historia política en el México independiente ha estado fundamentalmente adscrita a la idea de una república, aunque con cierta indecisión original sobre su carácter federal o centralizado”, apunta Solano Castrejón. 

En suma, actualmente el concepto en análisis se refiere a la forma de gobierno que reúne, al menos, las siguientes condiciones: gobernantes emanados del principio electivo; representación de la soberanía que reside en la nación; imperio de la ley, entre otras. ¿Qué entes están inmersos en la república? La respuesta nos la da el multicitado analista: “están inmersos todos aquellos entes que realizan la función pública: Estado, gobierno, Municipios, organismos públicos descentralizados —como Petróleos Mexicanos y la Comisión Federal de Electricidad—, organismos públicos autónomos —como el Banco de México y la Comisión Nacional de Derechos Humanos—, etcétera”.  

Por lo que concierne al concepto de la palabra «laica», debe entenderse, a grandes rasgos, como la exclusión del elemento religioso en las cuestiones públicas; es decir, el factor religioso no influye ni permea en la función pública. Ramón Solano señala que “las directrices y políticas públicas, en una «República laica», las marca el interés nacional, es decir, el interés de la colectividad, y no el interés religioso. Por tanto, en el gobierno republicano no hay posibilidad de abstracción por parte de algún ente que realice la función pública: todos son sujetos de responsabilidad en caso de confundir —o mezclar— la cuestión pública con la cuestión religiosa”. 

Ahora bien, ¿qué responsabilidad implicaría violar esta condición? Mi entrevistado responde: “en virtud de tratarse de una disposición constitucional, el sujeto responsable sería objeto de juicio político ante los órganos legislativos para efectos de que se sancione su actuación indebida, incluso, hasta con la destitución del cargo. La denuncia respectiva la podría formular cualquier ciudadano, siempre que cuente con los elementos de prueba fehacientes (artículos 109 y 110 constitucionales)”. 

En síntesis, el concepto «República laica», establecido por el artículo 40 constitucional, es más extenso que el de «Estado laico», el cual no está contemplado en la Carta Magna, sino sólo en el artículo 3° de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público. Constitucionalmente, con el nuevo concepto, se define la orientación de la función pública en razón del interés nacional, y no de un interés confesional; de esta manera, todas las entidades que incidan en dicha función, así como sus representantes, deben respetar la calidad laica de la república. 

En la parte final de la entrevista, Ramón Solano destaca: “antes de la reforma en comento, sólo la educación estaba blindada de influencias religiosas (artículo 3o. constitucional, fracción I). Ahora, con la nueva definición de la república, se blinda todo aquello que forma parte de ella (gobierno, instituciones, municipios, etcétera). Desde luego, el sistema jurídico se debe adecuar para efectos de que no sólo sea una declaración romántica, sino, fundamentalmente, una realidad”.

@armayacastro