miércoles, 9 de octubre de 2013

LA MUJER Y SUS DERECHOS POLÍTICOS

Por Armando Maya Castro
 
El 10 de diciembre de 1952, el presidente Adolfo Ruiz Cortines envió al Congreso una iniciativa para reformar los artículos 34 y 115 de la Constitución, para conceder a la mujer el derecho a votar y ser elegida en los comicios
Están por cumplirse 60 años del reconocimiento del derecho al voto de las mujeres mexicanas, logro alcanzado durante la presidencia de Adolfo Ruiz Cortines, quien promovió para tal fin la reforma de los artículos 34 y 115 de la Constitución General de la República.

El 6 de abril de 1952 se escuchó el grito estruendoso y unánime de más de 20 mil mujeres: "¡Que lo repita! ¡Que lo repita!". Estas mujeres se habían reunido en el Parque 18 de Marzo de la Ciudad de México, para demandar al candidato presidencial priísta el cumplimiento de su promesa: constitucionalizar el derecho de las mujeres a votar y ser electas.

Como presidente de México, Ruiz Cortines cumplió su promesa, impulsando en los primeros meses de su administración la reforma de los artículos antes mencionados, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 17 de octubre de 1953. Antes de las acciones de este mandatario, Lázaro Cárdenas prometió a las mujeres el derecho al voto, enviando en 1937 una iniciativa de reforma al artículo 34 de nuestra Carta Magna, para otorgarles el derecho a votar y ser votadas. La historiadora Patricia Galeana de Valadés sostiene que Ruiz Cortines “promulgó el Decreto en el que se otorgó la ciudadanía mexicana tanto a mujeres como a varones, en la misma forma en que había presentado la iniciativa el presidente Cárdenas”.

De esta manera se otorgó el voto a las mujeres en el ámbito federal, logrando al fin una importante victoria en la lucha que tenía como principal propósito adquirir el estatus de ciudadanas con plenos derechos políticos.

Lamentablemente, en esta materia México no figura entre los países vanguardistas de Latinoamérica. A pesar de los esfuerzos y de la tenaz lucha de las mujeres en pro de la universalización del derecho a votar, nuestro país llegó tarde al otorgamiento del voto femenino en igualdad de condiciones con el sufragio masculino. Es triste decirlo, pero cuando las sufragistas mexicanas conquistaron el derecho al voto, más de 10 países latinoamericanos ya contemplaban en sus leyes el derecho al sufragio femenino. Ecuador fue el primero en conseguirlo, pero también lo habían logrado países como Brasil, Uruguay, Argentina y Chile.

Antes de esta importante conquista, las mujeres eran únicamente espectadoras en el desarrollo de los procesos electorales. Se les ignoraba en el ámbito electoral y se les imponían los gobernantes que eran elegidos por los únicos que podían votar y ser votados: los hombres.

Los significativos avances de las últimas décadas en cuanto al reconocimiento de los derechos políticos de las mujeres ahí están, nadie puede negarlos. Pero tampoco podemos negar la existencia de cuentas pendientes, limitantes y rezagos que siguen obstaculizando los derechos político-electorales de las mujeres.

Al respecto, María del Carmen Alanís Figueroa, Magistrada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), señaló el 18 de octubre de 2011: "No obstante, la brecha que en 1953 nos separaba del avance democrático sigue vigente en gran medida. El paso pausado con que nos hemos movido hacia la igualdad de género en los órganos decisionales y la timidez con que se han ejercido y defendido los derechos ciudadanos de las mujeres se han traducido en que hoy, nuevamente, haya una distancia que nos separe de la tendencia mundial hacia la paridad" (El Universal, 18 de octubre de 2011).

Por cierto, en días pasados la Magistrada antes mencionada participó en la mesa de análisis “Buenas prácticas en el fortalecimiento de los derechos políticos de las mujeres”. En el evento auspiciado por la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE), Alanís Figueroa señaló que para materializar el pleno ejercicio de los derechos político-electorales de las mujeres se requiere asumir compromisos interinstitucionales y la implementación de buenas prácticas que permitan alcanzar la paridad de género.

Quiero concluir mi columna recordando que nuestro país ratificó, el 31 de marzo de 1953, la Convención de los Derechos Políticos de la Mujer, aprobada por la ONU el 20 de diciembre de 1952. En los primeros tres artículos de este importante instrumento internacional se establece “el derecho del género femenino a participar en las elecciones, tanto para emitir su voto como para ser elegible, y sobre todo su derecho a ocupar cargos públicos en puestos de elección popular”.

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