martes, 14 de mayo de 2013

EN MANOS DE LA SEGOB



Por Armando Maya Castro

Los mexicanos, en especial los chihuahuenses, le preguntan a César Duarte, ¿Qué tiene de privado el acto religioso en el que se consagró a la virgen e hizo lo propio con el estado que gobierna?
 
El 9 de mayo del presente año, el senador panista Javier Corral Jurado presentó ante la Secretaría de Gobernación (Segob) y Subsecretaría de Asuntos Religiosos una denuncia en contra del gobernador de Chihuahua, César Horacio Duarte Jáquez, por participar con carácter oficial en un acto de la Iglesia católica, celebrado el pasado 20 de abril. Como en su momento lo dije, este hecho constituye una violación flagrante a la Constitución General de la República y a la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, ordenamientos jurídicos que establecen el principio de laicidad estatal.

En la citada ceremonia religiosa, el mandatario chihuahuense, pasando por alto que el Estado mexicano –por su naturaleza laica– no profesa religión alguna, expresó en público: “Yo, César Duarte Jáquez, por este medio me consagro a mí mismo, a mi familia, a mi servicio público a la sociedad: pido al Sagrado Corazón de Jesús que escuche y acepte mi consagración, que me ayude y por intercesión del inmaculado Corazón de María, le entrego a Dios y a su divina voluntad, todo lo que somos, todo lo que tenemos en el estado de Chihuahua”.

De acuerdo con nuestras leyes, el Estado mexicano debe mantenerse al margen de todas y cada una de las asociaciones religiosas. Su obligación es tratarlas por igual, dejando a la esfera privada de los hombres la decisión de comprometerse o no con cualquiera de ellas. El gobernador de Chihuahua actuó sin respeto a la diversidad religiosa; procedió en alianza abierta y cínica con la jerarquía católica, intentando favorecer los intereses de expansión de una Asociación Religiosa cuyo crecimiento debe ser resultado de sus esfuerzos, no  del apoyo del Estado.

En su demanda, Corral Jurado –quien solicitó iniciar el procedimiento a que se refiere el artículo 30 de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público para sancionar a Duarte y a los demás involucrados– señaló: “Más allá de la vergonzosa utilización político-electorera de lo sagrado para el pueblo católico de  Chihuahua y la penosa connivencia de los principales jerarcas del clero con la clase política priísta, la ceremonia y las declaraciones tanto del gobernador como de los obispos constituyen uno de los mayores actos de provocación al Estado laico en la vida pública de México, por lo menos en las últimas cuatro décadas”.

Ahora que el asunto está en manos de la Segob, el temor de muchos es que la dependencia responsable de la política interior de México vaya a proceder como lo hizo en el sexenio anterior, cuando llegó a declararse incompetente para juzgar a clérigos como Hugo Valdemar, vocero de la Arquidiócesis Primada de México, quien violó la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público al hacer un llamado para no votar por el PRD. De esta manera, el gobierno de Felipe Calderón favoreció la impunidad y demostró su falta de compromiso con el Estado laico, anteponiendo por encima de nuestras leyes los intereses de la Iglesia católica.

En su oportunidad señalé en este mismo espacio que las creencias personales de César Duarte son dignas de respeto, como lo son también las convicciones de las demás personas. Lo cuestionable en el caso que nos ocupa no es su credo, sino que al profesarlo públicamente quebrantó lo que dispone el artículo 25 de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, que prohíbe a los funcionarios públicos asistir con carácter oficial a cualquier acto religioso. 

Es grave, asimismo, que el gobernador haya faltado a la verdad al declarar a los medios de comunicación que al consagrar su servicio público al Sagrado Corazón de Jesús y a la Virgen María no violó el Estado laico “porque fue un acto privado”. Esta declaración ofende, además, la inteligencia de un pueblo que se enteró del carácter público del acto, el cual se realizó ante diez mil personas, ante los tres poderes del estado de Chihuahua, ante todo el gabinete de gobierno y la jerarquía católica de esa entidad. ¿Tiene esto algo de privado?

Es muy importante que antes de hacer algo así, nuestras autoridades recuerden lo que establece nuestra Carta Magna y la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, cuyo artículo 3° establece: “El Estado no podrá establecer ningún tipo de preferencia o privilegio a favor de religión alguna”. Este mandato deja en claro que nuestras autoridades están obligadas a conducirse sin preferencias ni compromisos hacia una iglesia en particular. Un Estado independiente de cualquier tipo de influencia religiosa es el único que puede dar a las iglesias un trato igualitario, garantizando a todas ellas el principio fundamental de libertad religiosa.

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